Varios cambios se piden en la ponencia para primer debate del proyecto que pretende garantizar que los empleadores reconozcan a los trabajadores domésticos el pago de prima de servicios.
Entre los cambios más significativos se destaca la precisión de que todo empleador estaría obligado a pagar a cada uno de sus trabajadores, como prestación especial, una prima de servicios que corresponde a un mes de salario.
Esta se dividiría en dos pagos por año, en la siguiente forma: una quincena el último día de junio y otra quincena en los primeros 20 días de diciembre, a quienes hubieren trabajado todo el semestre o proporcionalmente al tiempo laborado. (Lea también: Gobierno presenta cartilla del servicio doméstico)
Igualmente, fue incluido un artículo que permitiría la creación de una mesa de seguimiento a la implementación del Convenio 189 de la OIT sobre trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico, la cual se reuniría periódicamente y tendría por objetivo formular y desarrollar de manera concertada entre el Gobierno, los empleadores y las organizaciones de trabajadores políticas públicas con la finalidad de promover el trabajo decente en este sector. (Lea también: Prima de servicios para trabajadores domésticos, el nuevo desafío del legislador)
Esta instancia entregaría informes anuales al Congreso de la República sobre las acciones y avances en la garantía de la condiciones de trabajo decente.
Por último, se agregó una disposición que precisa que el Ministerio del Trabajo tendría la responsabilidad de diseñar e implementar de manera articulada con las organizaciones de trabajadores una estrategia para divulgar el contenido de la ley.
tomado
Vale mencionar que, el año pasado, la Corte Constitucional advirtió que excluir a los trabajadores del servicio doméstico del pago de la prima de servicios genera un déficit de protección de este grupo social y un trato desigual frente a los demás trabajadores.
(Cámara de Representantes, Ponencia proyecto de ley 003/15C, Ago 25/2015)
https://syndication.twitter.com/srv/timeline-profile/screen-name/JuanAboga?dnt=false&embedId=twitter-widget-0&features=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%3D%3D&frame=false&hideBorder=false&hideFooter=false&hideHeader=false&hideScrollBar=false&lang=es&maxHeight=600px&origin=https%3A%2F%2Fwww.juanguillermoherrera.com%2Factualidad-juridica-medellin%2Flista-ponencia-sobre-prima-de-servicios-para-trabajadores-domesticos&sessionId=f36afe0a70d8751db139199973f2ade4890bbee8&showHeader=true&showReplies=false&transparent=false&widgetsVersion=2615f7e52b7e0%3A1702314776716
Centro Empresarial Dann Carlton
Cra. 43 A No. 7 – 50A Of. 703
Medellín – Colombia
Teléfono